Texto oficial
Artículo 2.- Para efectos de este reglamento, se
entenderá por:
a) Deportista de Alto Rendimiento: Atleta convencional
o paralímpico dedicado a la obtención de logros deportivos
por medio de una preparación sistemática y planificada,
registrado en una Federación Deportiva y habilitado para
representar a Chile en eventos deportivos internacionales.
b) Deportista Federado: Atleta convencional o
paralímpico que se encuentra registrado en competiciones
oficiales, nacionales e internacionales, organizadas por la
Federación Deportiva respectiva, habilitado para
representar a Chile en competiciones internacionales, para
lo cual la Federación deberá estar afiliada a la
Federación Internacional correspondiente. La Federación o
el Comité Paralímpico de Chile validará la condición de
deportista federado en los términos establecidos en este
numeral.
c) Categoría Juvenil: Categoría de competición de
deporte convencional o paralímpico que autoriza la
participación de deportistas con límite de edad máxima
inmediatamente inferior a la edad adulta, o una edad
superior a ésta, si excepcionalmente así se encuentra
establecido en las reglamentaciones oficiales específicas
dispuestas por la respectiva modalidad deportiva.
d) Categoría absoluta o todo competidor: Categoría de
competición de deporte convencional o paralímpico del más
alto estándar de rendimiento, que autoriza la
participación de deportistas sin requisitos de límite de
edad máxima, conforme a las reglamentaciones oficiales
específicas dispuestas por las respectivas modalidades
deportivas y entidades organizadoras de eventos deportivos.
e) Unidad de Apoyo Integral a Deportistas: En adelante
"la Unidad", es el centro de responsabilidad administrativa
del Instituto Nacional del Deporte, en adelante IND,
encargado de la gestión y ejecución de los procedimientos
relativos a la postulación y pago de premios por logro
deportivo.
f) Modalidades Individuales: Modalidades o pruebas,
convencionales o adaptadas, en las que sólo un deportista,
por medio de su intervención personal, es responsable de la
ejecución y resultado final de la competición, sin
requerir durante el desarrollo de ella ningún tipo de apoyo
o colaboración de otros deportistas.
g) Modalidades o pruebas individuales de participación
por equipos: las cuales se clasifican en:
1. Modalidades individuales con participación por
equipos de dos, tres o cuatro deportistas: Aquellas que
implican la actuación simultánea de hasta un máximo de
cuatro deportistas, tales como persecución por equipos en
ciclismo, remo de más de un tripulante, voleibol playa,
dobles tenis de mesa, entre otros.
2. Pruebas de suma de esfuerzos individuales: Aquellas
que implican la participación individual de más de un
deportista en una ejecución coordinada de todos ellos,
tales como relevos en atletismo y natación, entre otros.
3. Competiciones de actuación simultánea de más de
cuatro componentes: Aquellas que involucran la actuación de
un equipo de más de cuatro deportistas que ejecutan una
acción sincronizada, tales como remos de más de cuatro
tripulantes, natación sincronizada, gimnasia rítmica,
entre otros.
4. Competiciones de equipo de participación
alternativa sin suma de resultado: Aquellas cuyo resultado
no es la suma de resultados de pruebas individuales, tales
como esgrima por equipos o tiro con arco por equipos, entre
otras.
5. Competiciones de equipo de participación
alternativa con suma de resultado: Aquellas cuyo resultado
es la suma de resultados de pruebas individuales, tales como
gimnasia por equipos, tenis de mesa por equipos, entre
otros.
h) Modalidades Colectivas: Modalidades en las que un
grupo de más de dos deportistas que actúan
colaborativamente compiten contra un símil de deportistas
adversarios que persiguen el mismo objetivo en
contraposición directa, tales como balonmano, hockey
césped o voleibol piso, entre otros.
i) Ciclo Olímpico y Paralímpico: Período de cuatro
años que transcurre entre la finalización de unos Juegos
Olímpicos o Juegos Paralímpicos y la realización de los
siguientes Juegos Olímpicos o Juegos Paralímpicos, en el
cual los Comités Olímpicos y Paralímpicos Nacionales
participan de dichos Juegos y, además, según su ubicación
geográfica, participan de aquellas competiciones
multideportivas de carácter regional y continental que son
organizadas, programadas y reguladas por organizaciones
deportivas reconocidas oficialmente por el Comité Olímpico
Internacional (COI) o el Comité Paralímpico Internacional
(IPC), según corresponda.
j) Modalidades deportivas no integradas al Ciclo
Olímpico y Ciclo Paralímpico vigente: Modalidades
deportivas reconocidas por el Ministerio del Deporte, cuyas
pruebas no forman parte del Ciclo Olímpico y Ciclo
Paralímpico vigente, pero que encuentran un arraigo y
reconocimiento deportivo en el país que justifica su
priorización, lo cual deberá ser expresamente establecido
y fundamentado en la resolución complementaria de este
reglamento.
k) Mega Eventos Deportivos: Competiciones
multideportivas internacionales de carácter mundial,
continental y regional que conforman el Ciclo Olímpico y
Paralímpico. Se considerará dentro de esta categoría a
los Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Juegos
Panamericanos, Juegos Parapanamericanos, Juegos
Suramericanos, Juegos Parasuramericanos y otros de
categoría juvenil que establezcan las organizaciones
internacionales deportivas respectivas.
l) Período de contabilización de logros deportivos:
En adelante "período de contabilización", es aquel
período que va entre el 1 de enero al 31 de diciembre,
ambos días inclusive, de cada año calendario, dentro del
cual se pueden obtener los logros deportivos que se
postulan.
m) Período de pago de premios: En adelante "período
de pago", es aquel período que va entre el 1 de enero al 31
de diciembre, ambos días inclusive, de cada año
calendario, en el cual se procederá al pago de la totalidad
de los logros deportivos postulados que cumplan con los
requisitos establecidos en este reglamento y en su
resolución complementaria, y que hayan sido ordenados por
la respectiva resolución de pago. Los premios que, por
motivos de disponibilidad presupuestaria, no pudieran
pagarse en el período de pago correspondiente, deberán
pagarse en el período de pago de premios inmediatamente
siguiente.
n) Récords nacionales e internacionales: Aquellos
logros deportivos consistentes en registros realizados de
conformidad a las regulaciones técnicas específicas de las
federaciones deportivas nacionales e internacionales
correspondientes, reconocidos oficialmente por ellas.
o) Guía Paralímpico: Deportista que asiste a un
deportista paralímpico en aquellas pruebas en las que éste
requiere que se le acompañe en la competición, de manera
que dicha labor incide directamente en la posibilidad del
deportista paralímpico de realizar su actuación
competitiva. Para los efectos del otorgamiento de premios
por logros deportivos, se considerará guía paralímpico a
la persona que el deportista indique en la postulación del
premio respectivo.