Texto oficial
Artículo 21: De las Modalidades deportivas no
integradas al Ciclo Olímpico y Paralímpico vigente,
incorporadas al pago de premios por logros deportivos.
Para efecto de los incentivos económicos de los
Premios por la Obtención de Logros Deportivos, se
considerarán sólo logros obtenidos en categoría Absoluta
o Todo Competidor. Los siguientes criterios podrán ser
considerados para la priorización de las modalidades
deportivas no integradas al Ciclo Olímpico y Paralímpico
vigente:
i) Modalidades que se encuentren reconocidas por el
Ministerio del Deporte.
ii) Modalidades que pertenezcan a una federación
deportiva reconocida por la respectiva federación
internacional.
iii) Modalidades que cuenten con un Campeonato Mundial
Específico organizado por la respectiva federación
internacional.
iv) Modalidades con logros y trayectoria deportiva en
el país.
Las modalidades deportivas no integradas al Ciclo
Olímpico y Paralímpico que son conducentes a la entrega de
los incentivos económicos asociados a los Premios por la
Obtención de Logros Deportivos, se encuentran expresamente
establecidas en el Anexo V de la presente resolución
Complementaria.