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Artículo 2 de la Ley 21.628

Flexibiliza los requisitos de acceso, incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley n°19.728 y establece otras modificaciones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1197373 / 10466892.

Texto oficial

Artículo 2.- Agrégase en el inciso segundo del artículo 9 bis del Código del Trabajo, a continuación del punto y aparte, que pasa a ser punto y seguido, el siguiente texto: "Asimismo, deberá registrar la información relativa a la imputación de saldos a que se refiere el artículo 13 de la ley N°19.728, dentro de los cinco días posteriores a la suscripción del respectivo finiquito.".