Saltar al contenido

Artículo 13 del Decreto 289

Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias minimas de los establecimientos educacionales y deroga el decreto n° 462, de 1983

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 11974 / 5905307.

Texto oficial

Artículo 13°.- Los servicios higiénicos deberán mantenerse con sus artefactos en buen estado de funcionamiento y de limpieza, además de estar protegidos del ingreso de vectores de interés sanitario.