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Artículo 42 de la Ley 21.640 · Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2024

Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2024

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1199318 / 10478227.

Texto oficial

Artículo 42.- Las disposiciones de esta ley regirán a contar del 1 de enero del año 2024, sin perjuicio de que puedan dictarse a contar de la fecha de su publicación los decretos, resoluciones y convenios que en virtud de esta ley sean necesarios para posibilitar la ejecución presupuestaria. Esta ley y las instrucciones para su ejecución podrán ser publicadas en su integridad para su distribución.