Saltar al contenido

Artículo 64 del Decreto 16

Aprueba reglamento que establece procedimientos asociados a los instrumentos de gestión del cambio climático

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1199418 / 10479694.

Texto oficial

Artículo 64.- Inicio formal de la fase de implementación. Una vez efectuada la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo o la resolución administrativa que apruebe el instrumento de gestión del cambio climático respectivo, éste entrará en vigencia, iniciando formalmente su fase de implementación.