Texto oficial
Artículo 71.- Contenidos básicos del Informe de Evaluación.
El informe de evaluación considerará, al menos, los siguientes contenidos:
a) Diagnóstico general del cumplimiento de los objetivos y metas del instrumento.
b) Diagnóstico del avance y cumplimiento de las acciones y medidas del instrumento.
c) Porcentaje de avance de los indicadores respectivos, si existieren.
d) Porcentaje de cumplimiento de los objetivos y metas.
e) Análisis crítico del desempeño del instrumento de gestión de cambio climático, en función del cumplimiento de los objetivos, metas y lineamientos establecidos tanto en el artículo 1° y 4° de la ley N° 21.455 y en la Estrategia Climática de Largo Plazo. Este deberá considerar las lecciones aprendidas durante la implementación del instrumento, con especial reconocimiento a las brechas y elementos facilitadores.