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Artículo 94 de la Ley 21.647

Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1199483 / 10481250.

Texto oficial

Artículo 94.- Durante el año 2024 el conjunto de proyectos de obras fluviales, control de crecidas y control aluvional en el marco de la emergencia, desastre o catástrofe declarada en 2023 según las disposiciones de la ley N° 16.282, podrá estructurarse por la Dirección de Obras Hidráulicas en uno o más programas parametrizados, para cuya ejecución no será aplicable el procedimiento de identificación establecido en el artículo 19 bis del decreto ley N° 1.263, de 1975.