Texto oficial
Artículo 110.- Durante el año 2024 las personas
contratadas bajo el artículo 3 A de la ley N° 18.918
podrán desempeñar cargos docentes en las instituciones de
educación superior reguladas en las leyes N° 20.910 y N°
21.094 hasta por un máximo de doce horas semanales.".