Texto oficial
Artículo 10. Presentación de instrumentos. Los instrumentos que se acompañen al proceso deberán ser presentados a través de la OJV debidamente singularizados en la presentación que los ofrece. Sin embargo, en los casos excepcionales señalados en los artículos 18 a 22 de este auto acordado, dichos instrumentos deberán ser presentados al Tribunal en la manera indicada en el instructivo publicado al efecto en la página web del Tribunal.