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Artículo 3º de la Ley Pompón

Sobre protección ambiental de las turberas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1202472 / 10496402.

Texto oficial

Artículo 3º.- Prohibición. Se prohíbe la extracción de turba en todo el territorio nacional.