Texto oficial
Artículo 8.- Órganos Superiores. El gobierno de la Universidad será ejercido a través de los siguientes órganos superiores:
a) Consejo Superior.
b) Rectora o Rector.
c) Parlamento Universitario.
A su vez, la responsabilidad del control y de la fiscalización interna estará a cargo de la Contraloría Universitaria.