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Artículo 66 del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Aprueba estatuto de la universidad de la frontera, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204138 / 10503118.

Texto oficial

Artículo 66.- De las y los Estudiantes. Son estudiantes aquellos que estando en posesión de su Licencia de Educación Media o su equivalente legal y habiendo cumplido con los requisitos de admisión, se encuentran matriculadas o matriculados de conformidad al reglamento. El reglamento establecerá la forma y condiciones en que los estudiantes extranjeros se incorporarán a la Universidad.