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Artículo 68 del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Aprueba estatuto de la universidad de la frontera, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204138 / 10503121.

Texto oficial

Artículo 68.- Carrera funcionaria administrativa. La Universidad garantiza y reconoce la carrera funcionaria administrativa, la que se organiza en razón de requisitos objetivos de mérito y estará sustentada en los principios de igualdad de oportunidades para el ingreso, la dignidad de la función pública, la capacitación y el ascenso, la estabilidad en el empleo, y la objetividad en las calificaciones en función del mérito y de la antigüedad, excelencia, pluralismo, equidad de género, interculturalidad, inclusión, no discriminación arbitraria, publicidad y transparencia.