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Artículo undécimo transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Aprueba estatuto de la universidad de la frontera, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204138 / 10503487.

Texto oficial

Artículo undécimo.- De la actualización del reglamento de Convivencia Universitaria. Sin perjuicio de los reglamentos que se deben revisar a partir de la entrada en vigencia del presente Estatuto, el reglamento de Convivencia Universitaria deberá ser adecuado en un plazo no mayor a trescientos sesenta y cinco días corridos contados desde la conformación y puesta en funcionamiento del Parlamento Universitario, con la participación de la comunidad universitaria y deberá considerar los principios de equidad de género, interculturalidad e inclusión.