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Artículo 34 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba estatuto de la universidad de talca, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204154 / 10503299.

Texto oficial

Artículo 34.- Calidad. La Universidad de Talca orientará su quehacer institucional de conformidad a los criterios y estándares de calidad del sistema de educación superior, en función de las características específicas de la Institución, asociado a la misión establecida en el artículo 4 de la Ley Nº21.094 y la declarada en el artículo 5 del presente Estatuto y a los objetivos estratégicos definidos en los Planes de Desarrollo Institucional vigentes.