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Artículo 57 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba estatuto de la universidad de talca, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204154 / 10503328.

Texto oficial

Artículo 57.- Control y fiscalización. La Universidad de Talca estará sujeta a la fiscalización de la Superintendencia de Educación Superior en conformidad con lo establecido en la ley Nº21.091. Asimismo, será fiscalizada por la Contraloría General de la República, de acuerdo con su Ley Orgánica Constitucional. Con todo, quedarán exentas del trámite de toma de razón las materias señaladas en el artículo 41 de la ley Nº21.094, en concordancia con las normas que al efecto dicte la Contraloría General de la República.