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Artículo 60 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba estatuto de la universidad de talca, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204154 / 10503334.

Texto oficial

Artículo 60.- Denominación de funcionarios(as) académicos(as). Se denominarán funcionarios(as) académicos(as) quienes tengan un nombramiento o contratación vigente, y se desempeñen en algunas de las siguientes funciones: Docencia, investigación, creación artística, vinculación con el medio, transferencia tecnológica y gestión académica.