Texto oficial
Artículo 12.- Órganos superiores.
El Gobierno Superior de la Universidad de Playa Ancha será ejercido por los siguientes órganos: Consejo Superior, Rector(a) y Senado Universitario. La responsabilidad del control y de la fiscalización interna estará a cargo de la Contraloría Universitaria.
La Universidad de Playa Ancha, además de los referidos órganos superiores y de control en sus estructuras superiores de gobierno, podrá establecer otras autoridades unipersonales y colegiadas a proposición del Rector(a) y/o el Senado Universitario, lo que deberá ser ratificado por el Consejo Superior.
Asimismo, en virtud de su autonomía administrativa, la Universidad de Playa Ancha a proposición del Rector(a) y/o del Senado Universitario podrá establecer en su organización interna Facultades, Departamentos, Escuelas, Institutos, Centros de estudios y otras unidades académicas y administrativas necesarias para el cumplimiento de sus fines y funciones, lo que deberá ser ratificado por el Consejo Superior.