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Artículo 37 del Decreto Con Fuerza de Ley 28

Aprueba estatuto de la universidad de valparaíso, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204660 / 10505734.

Texto oficial

Artículo 37.- El Vicerrector o Vicerrectora de Vinculación con el Medio es la autoridad superior de la Institución en materias de vinculación con el medio, nacional e internacional. Asistirá al Rector o Rectora en la dirección, coordinación y supervisión de la marcha de la Institución en, entre otras materias las comunicaciones internas y externas, el desarrollo de la identidad corporativa, la extensión artístico-cultural y académica, el seguimiento de egresados y, en general, todas las interacciones que contribuyan al aprendizaje institucional. Asesorará al Consejo Universitario en las materias que este le solicite. Será nombrado por el Rector o Rectora, permaneciendo en el cargo mientras cuente con su confianza.