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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Aprueba estatuto de la universidad del bío-bío, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204838 / 10506887.

Texto oficial

Artículo 1.- La Universidad del Bío-Bío es una Institución de Educación Superior de carácter estatal, configurada como una persona jurídica de derecho público, autónoma y con patrimonio propio, creada para el cumplimiento de las funciones de docencia, investigación, creación artística, innovación, extensión, vinculación con el medio y los territorios, con la finalidad de contribuir al desarrollo sostenible e integral del país, de la sociedad y al fortalecimiento de la democracia participativa, los derechos humanos, la interculturalidad, la equidad de género y la inclusión, especialmente de personas en situación de discapacidad. La Universidad del Bío-Bío está dotada de plena autonomía académica, económica y administrativa, en los términos definidos en el artículo 2 de la ley Nº 21.094, forma parte de la Administración Descentralizada del Estado y se relaciona con el Presidente o Presidenta de la República a través del Ministerio de Educación. En todo lo no previsto en el presente estatuto se aplicará la ley Nº 21.094, sobre Universidades Estatales.