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Artículo 21 del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Aprueba estatuto de la universidad del bío-bío, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204838 / 10506911.

Texto oficial

Artículo 21.- Configurada una incompatibilidad, la persona afectada cesará por el solo ministerio de la ley en el cargo de integrante del Consejo Superior de la Universidad del Bío-Bío.