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Artículo 57 del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Aprueba estatuto de la universidad del bío-bío, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204838 / 10506953.

Texto oficial

Artículo 57.- Habrá una Secretaría General encargada de la formación y custodia del archivo general de la Universidad del Bío-Bío, que comprenderá todos los decretos, resoluciones, ordenanzas y demás actos administrativos equivalentes emanados de la institución, pudiendo utilizarse formatos digitales en conformidad a la ley. La normativa universitaria podrá disponer la incorporación a este archivo de otros documentos universitarios. También corresponderá a la Secretaría General la emisión de los documentos en que conste un título o grado otorgado por la Universidad, y las demás certificaciones oficiales vinculadas a las actividades académicas de pre y postgrado.