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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 13

Aprueba estatuto de la universidad de atacama, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204891 / 10507402.

Texto oficial

Artículo 9.- En virtud de su autonomía administrativa, la Universidad podrá crear, modificar y suprimir cargos y autoridades tanto unipersonales como colegiadas de conformidad a los mecanismos dispuestos en este estatuto. Sus funciones y atribuciones serán definidas en un reglamento propuesto por el Consejo Universitario. En ningún caso podrán modificarse o suprimirse los órganos superiores y de control dispuestos por la ley Nº 21.094.