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Artículo 39 del Decreto Con Fuerza de Ley 13

Aprueba estatuto de la universidad de atacama, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204891 / 10507438.

Texto oficial

Artículo 39.- Del aseguramiento de la calidad y procesos de acreditación. La Universidad tendrá un órgano o unidad responsable y mecanismos que permitan coordinar e implementar los procesos de gestión, evaluación y aseguramiento de la calidad, así como los procesos de acreditación de la institución y de sus respectivas carreras y programas académicos. La creación orgánica y funcional de la unidad responsable se realizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 letra c) del presente estatuto.