Saltar al contenido

Artículo sexto transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 13

Aprueba estatuto de la universidad de atacama, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204891 / 10507478.

Texto oficial

Artículo sexto.- Todos los cargos contemplados en la planta funcionaria de la Universidad, al tiempo de entrar en vigor los presentes estatutos, continuarán existiendo y las personas que sirven en ellos podrán cesar por causas legales o reglamentarias de la Universidad. La vigencia de los cargos de Directores o Directoras de Departamento, se extenderá hasta los tres meses siguientes a la aprobación del Reglamento General de Elecciones.