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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Aprueba estatuto de la universidad de tarapacá, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204892 / 10507496.

Texto oficial

Artículo 9.- Son estudiantes todas aquellas personas quienes, luego de formalizar su matrícula en carreras tanto conducentes a títulos profesionales o técnicos, como también en programas conducentes a grados académicos, cumplan los requisitos establecidos por la Universidad de Tarapacá para su ingreso y permanencia. Por vía reglamentaria, se fijan los deberes, derechos y toda otra materia necesaria para un buen ejercicio de la calidad de estudiantes como miembros activos de la comunidad universitaria.