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Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Aprueba estatuto de la universidad de tarapacá, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204892 / 10507515.

Texto oficial

Artículo 25.- Subrogancia. El rector o rectora designará entre las autoridades superiores unipersonales el orden de prelación correspondiente a quien lo subrogará en caso de ausencia o impedimento para ejercer sus funciones. Dicha designación tendrá en consideración a las autoridades unipersonales indicadas en este estatuto y definidas en el título III.