Texto oficial
Artículo 74.- Reglamentación de la contratación a honorarios. Mediante la reglamentación correspondiente se definirá la naturaleza de las funciones que se contratarán y el procedimiento de contratación de asesores, consultores, docentes, investigadores, profesores visitantes, conferenciantes, profesor de práctica, becarios, ayudantes, tutores y toda otra calidad que la institución regule o establezca de acuerdo con sus lineamientos estratégicos.