Texto oficial
Artículo 77.- De la capacitación y perfeccionamiento de los funcionarios de gestión. La Universidad de Tarapacá deberá promover la capacitación y el perfeccionamiento de sus funcionarios de gestión, con el objetivo de que puedan complementar y actualizar sus conocimientos y competencias necesarias para el eficiente desempeño de sus funciones, de conformidad al decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo y demás normas legales vigentes.