Texto oficial
Artículo 82.- Las decisiones adoptadas por el Consejo Superior, Consejo Universitario y Autoridades deberán tener presente la capacidad económica y financiera de la institución, y contar con informe favorable de la contraloría universitaria para todas aquellas materias que comprometan un gasto o costo superior 20.000 U.F. y que sean calificadas como estratégicas para la institución por el rector o rectora de la universidad.