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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 21

Aprueba estatuto de la universidad de antofagasta, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205098 / 10508459.

Texto oficial

Artículo 1.- De la Universidad de Antofagasta. La Universidad de Antofagasta es una institución de educación superior estatal; pública, laica y pluralista, creada por ley para el cumplimiento de las funciones de docencia, investigación, creación artística, innovación, vinculación con el medio y el territorio, con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de la democracia, al desarrollo sustentable e integral del país y al progreso de la sociedad en las diversas áreas del conocimiento y de las culturas. La Universidad de Antofagasta es sucesora de la tradición acumulada de la Escuela de Minas de Antofagasta fundada en 1918, la Universidad Técnica del Estado sede Antofagasta fundada en 1952 y el Centro Universitario Zona Norte de la Universidad de Chile en Antofagasta fundado en 1957. La Universidad tiene su domicilio en la ciudad de Antofagasta. En todo lo no previsto en el presente estatuto se aplicará la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales.