Texto oficial
Artículo 5.- De la autonomía académica. En virtud de su autonomía académica, la Universidad de Antofagasta tiene potestad para organizar y desarrollar por sí misma; sus planes, programas de estudio, sus líneas de investigación y vinculación. Dicha autonomía se funda en el principio de libertad académica, el cual comprenderá las libertades; de cátedra, de investigación y de estudio, la cual debe ser promovida y defendida por todas las autoridades de la Universidad.
Un reglamento estatutario regulará los derechos y deberes de los académicos en todo lo referido a la forma de ejercer la libertad académica, de cátedra, de investigación y de estudio. El referido reglamento debe establecer un procedimiento de reclamo, ante un órgano imparcial de pares, para los académicos afectados en dichas libertades.