Texto oficial
Artículo 59.- De la duración en el cargo de Contralor Universitario. El Contralor Universitario dura seis años en su cargo pudiendo ser designado por el Consejo Superior, por una sola vez, para el período inmediatamente siguiente.
Aprueba estatuto de la universidad de antofagasta, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales
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