Texto oficial
Artículo 64.- Elección de las autoridades de la Facultad y las unidades académicas. El reglamento estatutario general de facultades y unidades académicas o el reglamento estatutario general de elecciones, según corresponda, regularán la elección de autoridades de las facultades y unidades académicas, los requisitos para optar a dicho cargo, los electores de éstas, su duración y la posibilidad de reelección, u otros aspectos relevantes para estos efectos, resguardando la democracia y participación estamental adscrita a la unidad en los términos propuestos por la ley N° 21.094 y este estatuto.