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Artículo 36 del Decreto Con Fuerza de Ley 26

Aprueba estatuto de la universidad de la serena, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205685 / 10511822.

Texto oficial

Artículo 36.- Del Comité de Gestión Integral de la Calidad. El Comité de Gestión Integral de la Calidad es el organismo responsable de promover el mejoramiento de la calidad de la Universidad y de ejercer la función orientadora del quehacer institucional, de las políticas, lineamientos y resultados de conformidad a los criterios y estándares de calidad del Sistema de Educación Superior. También, orientará su función hacia la implementación y logro de un Sistema de Gestión Integral de la Calidad. El Comité será integrado por: a) El (la) Rector(a), quien lo presidirá. b) El (la) Director(a) de la Dirección de Desarrollo Estratégico y Calidad, quien actuará como Secretario(a) Ejecutivo(a). c) Los(as) Vicerrectores(as). d) Los(as) Decanos(as) de cada Facultad. Todos los miembros tendrán derecho a voz y voto.