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Artículo 50 del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto de la universidad de magallanes, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205762 / 10512414.

Texto oficial

Artículo 50.- De los procesos de acreditación. El Rector o la Rectora es el/la responsable de liderar los procesos de gestión, evaluación y aseguramiento de la calidad, así como también los procesos de acreditación de la Institución y de sus respectivas carreras y programas académicos. Debe informar al Consejo Universitario, al menos anualmente, sobre el cumplimiento de los compromisos y metas asociados a la calidad de la Universidad, de sus carreras y de sus programas académicos.