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Artículo 1° del Decreto 12

Aprueba reglamento que regula el proceso de consulta al pueblo tribal afrodescendiente chileno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1206123 / 10513941.

Texto oficial

Artículo 1°.- Objeto del reglamento. El presente reglamento tiene por objeto regular el ejercicio del derecho de consulta en conformidad a lo establecido en el artículo 5° de la ley N° 21.151, que otorga reconocimiento legal al Pueblo Tribal Afrodescendiente Chileno, el cual se realizará a través del procedimiento y órganos señalados en este instrumento, de acuerdo al artículo 6 N° 1 letra a) y N° 2 del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo, promulgado por el decreto supremo N° 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, los tratados internacionales ratificados por Chile que versen sobre la materia que se encuentran vigentes y de conformidad a la Constitución Política de la República de Chile.