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Artículo 9 del Decreto 40

Establece norma primaria de calidad del aire para dióxido de nitrógeno (no2)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1206820 / 10517331.

Texto oficial

Artículo 9. Con el objeto de definir los niveles de emergencia ambiental para NO 2, contenidos en la Tabla 1, se utilizarán las concentraciones de 1 hora de dióxido de nitrógeno, expresados en µg/m³N, medidas en alguna de las estaciones monitoras calificadas como EMRPG o se aplicarán metodologías de diagnóstico. Las medidas particulares asociadas a cada uno de los niveles definidos en el artículo 8º, serán determinadas en el respectivo plan operacional para enfrentar episodios críticos de contaminación, contenido en el respectivo plan de descontaminación y/o prevención.