Saltar al contenido

Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Aprueba estatuto de la universidad de santiago de chile, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1207032 / 10518151.

Texto oficial

Artículo 29.- Integrantes del Consejo de Departamento o Escuela. El Consejo de Departamento o Escuela estará integrado por el Director o la Directora, quien lo presidirá y representantes del estamento académico, administrativo y estudiantil, en su totalidad con derecho a voz y voto. La integración exacta de cada Consejo de Departamento o Escuela será determinada en el reglamento respectivo aprobado por resolución del Rector o de la Rectora.