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Artículo 44 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Aprueba estatuto de la universidad de santiago de chile, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1207032 / 10518167.

Texto oficial

Artículo 44.- Para la elección de Decano o Decana, la proporcionalidad de votos de los funcionarios académicos y funcionarias académicas, de los funcionarios no académicos y funcionarias no académicas y del estudiantado, quedará establecida en el correspondiente Reglamento General de Elecciones.