Texto oficial
Artículo 49.- Elección del Director o la Directora de Departamento Académico o Escuela. El Director o la Directora de Departamento Académico o Escuela se elegirá por los funcionarios académicos y las funcionarias académicas, por funcionarios no académicos y funcionarias no académicas y el estudiantado adscrito al respectivo Departamento Académico o Escuela.
La proporcionalidad de votos de funcionarios académicos y funcionarias académicas, funcionarios no académicos y funcionarias no académicas y del estudiantado para la elección de Director o Directora de Departamento o Escuela, quedará establecida en el Reglamento General de Elecciones.