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Artículo 73 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Aprueba estatuto de la universidad de santiago de chile, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1207032 / 10518198.

Texto oficial

Artículo 73.- La Universidad de Santiago de Chile promoverá la capacitación y perfeccionamiento de los funcionarios académicos, las funcionarias académicas, funcionarios no académicos y las funcionarias no académicas, con el objeto de que puedan perfeccionar, complementar o actualizar sus competencias necesarias para el eficiente desempeño de sus funciones.