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Artículo 74 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Aprueba estatuto de la universidad de santiago de chile, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1207032 / 10518199.

Texto oficial

Artículo 74.- La Universidad de Santiago de Chile incentivará el desarrollo y progreso de todos los funcionarios y las funcionarias en el transcurso de su período de servicio, en base a criterios objetivos y transparentes, permitiendo la participación del personal en procesos de selección interna, reconociendo los beneficios de remuneración que procedan en conformidad a la ley.