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Artículo 77 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Aprueba estatuto de la universidad de santiago de chile, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1207032 / 10518203.

Texto oficial

Artículo 77.- La estructura académica de la Universidad de Santiago de Chile deberá promover el ejercicio de las funciones universitarias, la integración funcional y territorial de la Universidad, la transdisciplinariedad y la transferencia entre conocimiento básico y aplicado. Del mismo modo, promoverá el desarrollo y perfeccionamiento de los integrantes de la comunidad universitaria u otras que puedan establecer los respectivos reglamentos, aprobados por el Consejo Universitario.