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Artículo cuarto transitorio de la Ley 21.713

Dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del pacto por el crecimiento económico, el progreso social y la responsabilidad fiscal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1207746 / 10521217.

Texto oficial

Artículo cuarto.- Las modificaciones introducidas en decreto con fuerza de ley N° 30, de 2005, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas, contenidas en el artículo 5 de esta ley, entrarán en vigencia según lo dispuesto en el artículo transitorio final, con excepción de las modificaciones en los artículos 25 bis, 125 y 127 que entrarán en vigencia el 1 de enero de 2025.