Saltar al contenido

Artículo primero transitorio de la Ley 21.717

Establece normas para la realización de funerales de riesgo y modifica otros cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1208680 / 10524814.

Texto oficial

Artículo primero.- El reglamento al que se refiere esta ley deberá dictarse dentro del plazo de seis meses contado desde su publicación en el Diario Oficial.