Texto oficial
Artículo 33°.- El transportista no será responsable
por el daño a personas o cosas que se originen en la
utilización de embalajes inapropiados para el transporte de
productos peligrosos.
Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12087 / 8631038.