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Artículo 6° del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija planta de personal de directivos de la agencia nacional de ciberseguridad y regula otras materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley nº 21.663

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1209652 / 10529901.

Texto oficial

Artículo 6°.- Determínase que la fecha de entrada en vigencia de la planta de personal de directivos señalada en el artículo 4º del presente decreto con fuerza de ley será a contar del 1 de enero de 2025.