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Artículo cuarto transitorio de la Ley 21.721 · Modifica la ley general de servicios eléctricos, en materia de transmisión eléctrica

Modifica la ley general de servicios eléctricos, en materia de transmisión eléctrica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1209692 / 10530123.

Texto oficial

Artículo cuarto.- Los procesos de licitación de las obras de ampliación procedentes de planes de expansión publicados antes de la entrada en vigencia de la presente ley, cuyo llamado a licitación hubiera sido convocado por el Coordinador antes de la entrada en vigencia de la misma, deberán continuar y adjudicarse por el Coordinador conforme al marco normativo existente hasta la entrada en vigencia de la presente ley. Los demás procesos de licitación de las obras de ampliación pendientes deberán ser convocados por los propietarios de las mismas en un plazo no mayor a nueve meses desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.